Estructuración de Bienes Inmuebles Nacionales a Impagados de Inmuebles del Tesoro

Estructuración de Bienes Raíces Nacionales a Deudas Impagadas de Bienes Raíces del Tesoro
Estructuración de Bienes Inmuebles Nacionales a Impagados de Inmuebles del Tesoro

Con la regulación realizada por el Ministerio de Ambiente, Urbanización y Cambio Climático, quienes quieran reestructurar sus deudas de permiso definitivo, permiso de suelo, adjudicación definitiva, decisión de uso, permiso preliminar, derecho de servidumbre, permiso de uso, renta, aprovechamiento, Beneficio adicional, derecho a operar un paseo marítimo, se puede aplicar hasta el 31 de mayo hasta que se pueda aplicar.

Permiso definitivo, permiso de suelo, adjudicación definitiva, decisión de uso, permiso preliminar, derecho de servidumbre, permiso de uso, renta, beneficio, beneficio adicional, paseo, que deben cobrarse por bienes inmuebles del Tesoro, vencidos al 31 de diciembre de 2022 pero no pueden ser pagados como del 12 de marzo de 2023. Hoy se publicó en el Diario Oficial el Comunicado General Inmobiliario de la Nación sobre la reestructuración de deudas como el derecho de explotación del local, los arriendos y la reestructuración de deudas secundarias como mora e intereses.

Con la regulación realizada por el Ministerio de Medio Ambiente, Urbanización y Cambio Climático, no se realizará ningún cambio con respecto a las deudas originales, se eliminarán las deudas como mora e intereses y se pagará el monto de D-PPI a calcular.

Los ciudadanos que quieran beneficiarse de los alcances del Comunicado deberán presentar su solicitud ante las unidades centrales o provinciales correspondientes del Ministerio de Medio Ambiente, Urbanización y Cambio Climático y el Ministerio de Agricultura y Silvicultura hasta el 31 de mayo.

En las 12 provincias afectadas por los terremotos centrados en Kahramanmaraş, el plazo de solicitud finalizará el 31 de octubre de 2023.

Las cuentas por cobrar estructuradas se pueden pagar en efectivo o en 12, 18, 24, 36 o 48 cuotas iguales. En caso de pago por adelantado, se aplicará un cierto descuento sobre el monto D-PPI calculado. En caso de pago fraccionado, se aplicarán los coeficientes que señale la Ley según el número de cuotas preferente.

En el caso de pago a plazos, se determina como fecha límite para el pago de la primera cuota el 3 de julio de 2023. Otras cuotas pueden pagarse en períodos de un mes a partir de esta fecha.