Los pasos a nivel se convertirán en pasos inferiores o superiores

Los pasos a nivel se convertirán en cruce superior o inferior
Los pasos a nivel se convertirán en pasos inferiores o superiores

Ministerio de Transportes e Infraestructuras "Reglamento de Medidas a Tomar en los Pasos a Nivel Ferroviarios y Principios de Implementación" Gaceta OficialFue publicado y entró en vigor.

En consecuencia, los pasos a nivel se convertirán en pasos inferiores o superiores. En la regulación actual, era responsabilidad de TCDD transformar los pasos a nivel en pasos subterráneos/superiores. Con la nueva normativa, las instituciones u organismos que están conectados a la carretera que corta el paso a nivel se han hecho responsables de la construcción del paso inferior y superior y de tomar otras medidas de seguridad.

En las regiones con alta densidad de tráfico, el momento de crucero, que es de 30 mil en la normativa vigente, se incrementará a 90 mil, y se construirán 174 pasos inferiores/superiores por parte de las instituciones y organismos a los que pertenece la vía.

En la normativa actual, la distancia de visibilidad en todos los pasos a nivel se determinó como “5 metros desde el vehículo de carretera hasta la vía, 500 metros desde ambos lados de la vía”, y “750 metros desde el vehículo ferroviario desde ambos lados del nivel”. cruce". En la nueva normativa se modifica el requisito de distancia de visibilidad de 500 metros desde la autovía y 750 metros desde la vía férrea, se elimina el requisito de distancia de visibilidad para pasos a nivel con protección activa y se determina la “distancia de visibilidad según la velocidad del tren” para los pasos a nivel. cruces con protección pasiva.

En la actualidad, los pasos a nivel se clasifican de 3 formas: libres (marcados en cruz), barrera automática con intermitente/campana y barrera con guarda.

Con la nueva normativa, solo los pasos a nivel cruzados se clasifican como de protección pasiva y los pasos a nivel con todos los demás sistemas de alerta se clasifican como de protección activa.

En la normativa vigente, la construcción, mantenimiento y explotación de los pasos a nivel y caminos de acceso estaban a cargo de la institución u organismo al que esté adscrita la vía, en el tramo siguiente a una distancia de 5 metros en ambos sentidos de la vía.

Con el nuevo reglamento, se ha eliminado el requisito de distancia de 5 metros. En consecuencia, la institución y organismo al que esté adscrita la vía se encargará de la construcción de la señalización para los usuarios de la vía, del mantenimiento y reparación y de la adopción de las medidas de seguridad necesarias, a partir del punto en que finaliza el pavimento del paso a nivel a ambos lados de la vía. y la intersección con la carretera.

Los pasos a nivel deben cumplir con la nueva regulación antes del 31 de diciembre de 2025.

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