Limitación de Tasas de Transporte de Mercancías en Zonas Sismo del Ministerio del Interior

Limitación de Tarifas de Transporte de Mercancías en Zonas Sismo del Ministerio del Interior
Limitación de Tasas de Transporte de Mercancías en Zonas Sismo del Ministerio del Interior

El Ministerio del Interior fijó las tarifas de transporte de las empresas de transporte como resultado de las reuniones con los representantes de la cámara y los actores del sector con el fin de evitar el precio exorbitante del transporte de las víctimas del desastre. Las empresas navieras fijarán precios en la banda de flexibilidad del 15%, hacia arriba o hacia abajo, evaluando las condiciones regionales sobre los costos de transporte en las condiciones del mercado.

El Ministerio ha tomado medidas para los supervivientes que quieren trasladarse de las zonas catastróficas donde se ha vivido el desastre del siglo. Como resultado de las consultas del Ministerio con los representantes de las cámaras y actores del sector, se envió una Circular sobre Tarifas para el Transporte de Mercancías en Zonas de Desastre a las Gobernaciones.

Con la circular, se determinó cómo calcular los costos de mudanza de casas de las zonas de desastre.

En consecuencia, el costo de mover bienes de casa en casa para hasta 4 + 1 casas en condiciones de mercado;

  • El transporte de mercancías de casa en casa dentro de la ciudad (incluidos 25 kilómetros) se realiza por un máximo de 6.000 TL, incluido el costo de la mano de obra, y por un máximo de 9.000 TL, incluido el costo de la mano de obra, para el transporte de mercancías de una casa a otra dentro de los límites provinciales.
  • Se afirma que el transporte de mercancías entre ciudades es de 6.000 TL, y se añaden a este precio 25 TL por kilómetro (para la parte que supere los 10 kilómetros), así como 1.000 TL de coste del ascensor de destino, 2.000 TL de coste laboral de destino y 1.000 TL tarifa del conductor.

En caso de alquilar un ascensor para obras de transporte; La tarifa máxima de alquiler del ascensor es de 10 TL hasta el piso 1.000, y se cobra una tarifa de alquiler adicional de 100 TL por cada piso por encima de este piso.

En este contexto; Para asegurar la formación de precios de acuerdo a las condiciones normales del mercado, de conformidad con el artículo 2935 de la Ley de Emergencia N° 9, los precios se determinarán dentro de la banda de flexibilidad del 15%, al alza o a la baja, en el marco de estas tarifas, teniendo en cuenta cuenta las condiciones locales y se anuncia al público, excluyendo los transportes de ayuda gratuitos.

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