Medidas Tomadas Respecto al Personal Público Bajo el Estado de Emergencia

Medidas Tomadas Respecto al Personal Público Bajo el Estado de Emergencia
Medidas Tomadas Respecto al Personal Público Bajo el Estado de Emergencia

De acuerdo con el Decreto Presidencial sobre las Medidas Impuestas al Personal Público en Estado de Emergencia (OHAL), publicado hoy en el Boletín Oficial, quienes laboren en instituciones u organismos públicos, sin sujeción a las condiciones y restricciones previstas en la legislación respectiva , sean requeridas en las provincias bajo estado de alarma por las circunstancias que así lo exija el estado de alarma.

Quienes sean asignados entre instituciones recibirán sus derechos y ayudas económicas y sociales de sus instituciones y serán considerados con licencia pagada de sus instituciones durante el período en que estén asignados.

Los derechos personales de los que se encuentren en cesión temporal continuarán y estos períodos se tendrán en cuenta en su promoción y jubilación. Las promociones se realizarán en tiempo y forma sin necesidad de ninguna otra acción. El tiempo que estos empleados pasen en la institución a la que estén adscritos temporalmente se considerará que lo han pasado en sus propias instituciones. Se reservarán los requisitos para la adquisición de títulos académicos.

Los designados en este marco estarán obligados a cumplir con la legislación de las instituciones a las que estén adscritos.

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