Reglamento de Exportación e Importación de Algunos Productos Químicos Nocivos en el Boletín Oficial

Reglamento de Exportación e Importación de Algunos Productos Químicos Nocivos en el Boletín Oficial
Reglamento de Exportación e Importación de Algunos Productos Químicos Nocivos en el Boletín Oficial

El Reglamento sobre la Exportación e Importación de Determinados Productos Químicos Nocivos, elaborado por el Ministerio de Medio Ambiente, Urbanización y Cambio Climático, fue publicado hoy en el Boletín Oficial.

El reglamento se preparó para la implementación efectiva del “Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Aceptación con Aviso Previo en el Comercio Internacional de Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos”, del que Turquía es parte, y para cumplir con el reglamento pertinente de la Unión Europea. Unión. En consecuencia, con la regulación, la protección de la salud humana y el medio ambiente de los efectos de los productos químicos nocivos y, para este fin, el uso de productos químicos nocivos de manera respetuosa con el medio ambiente, facilitando el intercambio de información sobre las cualidades de estos productos químicos, la responsabilidad conjunta y la cooperación. entre las partes del contrato y otros países en los procesos nacionales de toma de decisiones en materia de importación y exportación Los procedimientos y principios relativos a la promoción de

Los productos químicos industriales, productos fitosanitarios y biocidas, para los cuales Turquía ha tomado medidas de prohibición/restricción a nivel nacional, también se enumeran en el reglamento, que también describe las obligaciones impuestas a los exportadores por el Ministerio de Medio Ambiente, Urbanización y Cambio Climático.

Se creará un sistema de software

Se creará un sistema informático para la presentación de notificaciones de importación y exportación en el ámbito del reglamento. El sistema contendrá datos basados ​​en los informes anuales presentados sobre las transacciones de importación y exportación de productos químicos dentro del alcance de la regulación.

La normativa también obliga a las empresas que exporten o importen productos químicos nocivos a informar al Ministerio en el primer trimestre de cada año (hasta el 31 de marzo) sobre la cantidad que exportan o importan. Se preparará una lista anual de cada producto químico exportado por el Ministerio y los nombres de las partes u otros países que importen este producto químico y esta lista se pondrá a disposición del público en el sitio web.

El reglamento entrará en vigor después de 6 meses.

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