Modificaciones al Reglamento de Instituciones de Educación Privada

Cambios Realizados en el Reglamento de Instituciones de Educación Privada
Modificaciones al Reglamento de Instituciones de Educación Privada

De acuerdo al cambio publicado en el Diario Oficial; El valor de la matrícula de las clases intermedias de las escuelas privadas es el valor de la matrícula anunciado en el año académico anterior, y el valor de la matrícula de los estudiantes que continúan en la escuela es el valor de la matrícula determinado en el acuerdo de registro del estudiante; Se determinará tomando en cuenta la tasa del IPC de fin de año, sin exceder la tasa que determine el Ministerio.

El cambio publicado en el Diario Oficial es el siguiente;

viernes, 6 de enero de 2023 Periódico oficial Número: 32065
REGLAMENTO
Del Ministerio de Educación Nacional:

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL INSTITUCIONES EDUCATIVAS PRIVADAS

MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO

REGULACIÓN

 

ARTÍCULO 1- Se establece en el primer párrafo del artículo 20 del Reglamento de Instituciones Educativas Privadas del Ministerio de Educación Nacional publicado en el Boletín Oficial de fecha 3/2012/28239 y numeral 53 que la tasa de “promedio (Y.İ-ÜFE+TÜFE) /2 del año anterior" debe aumentarse como máximo en un 5%. La frase "determinada mediante un aumento" se ha cambiado por "la tasa de aumento se determinará teniendo en cuenta la tasa del IPC de fin de año y sin exceder la tarifa que determine el Ministerio".

ARTÍCULO 2- El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación.

ARTÍCULO 3- Las disposiciones de este Reglamento son ejecutadas por el Ministro de Educación Nacional.

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