Últimos dos días para identificación digital de mascotas

Últimos dos días para identificación digital de mascotas
Últimos dos días para identificación digital de mascotas

El plazo para la identificación y registro de mascotas en propiedad finaliza mañana (31 de diciembre de 2022). De acuerdo con la Ley de Protección Animal N° 5199 y el “Reglamento de Identificación y Registro de Gatos, Perros y Hurones”, los dueños de mascotas deben identificar a sus animales y registrarlos en el Sistema de Registro PetVet (PETVET) hasta el 31 de diciembre de 2022 en la el último.

El nombre de la mascota, el número de pasaporte, la raza, el género, el color, la fecha de nacimiento, el nombre del propietario, la provincia, el distrito, el pueblo/barrio y la información de contacto de emergencia se registran en el Sistema de registro de PetVet (PETVET).

Además, también se registra información sobre vacunación, cambio de dueño, pérdida y operación realizada al animal.

Con la normativa, los dueños de mascotas estaban obligados a asegurar la identificación de gatos, perros y hurones, y notificar a las direcciones provinciales/distritales la información sobre nacimiento, muerte, pérdida y cambio de dueño.

Desde el 1 de enero de 2021, se han identificado y registrado un total de 762 millón 115 mil 524 mascotas, incluidos 556 mil 23 gatos, 1 mil 286 perros y 694 hurones.

Se aplica un microchip subcutáneo a gatos, perros y hurones y se puede leer a través de una terminal portátil. A partir de ahora, el propietario del gato y el perro abandonados se puede determinar leyendo el terminal de mano. Se registrarán todas las vacunas del animal, especialmente la vacuna antirrábica.

Con el fin de superar las dificultades que puedan surgir en el proceso de solicitud y registro del microchip debido a la reducción de los tiempos, la densidad o las dificultades encontradas por diversas razones, se deberá dar seguimiento al proceso de solicitud y registro del microchip si los dueños de mascotas aplicar a las direcciones provinciales/distritales de Agricultura y Silvicultura con una "Declaración" hasta el 31.12.2022. se puede completar sin ninguna acción penal en el siguiente proceso.

Las declaraciones pueden presentarse a las direcciones provinciales/distritales y veterinarios independientes hasta el 31 de diciembre. Las declaraciones recibidas por los veterinarios independientes serán enviadas a las direcciones provinciales/distritales antes del 31 de diciembre.

Las mascotas con dueño hasta los 6 meses de edad pueden ser identificadas y registradas en el siguiente proceso.

Al mismo tiempo, el "Pasaporte para mascotas" se emite según los estándares internacionales durante el registro de mascotas.

Si los pasaportes se pierden, son robados o destruidos, deben informarse a la dirección provincial/distrital dentro de los 60 días a más tardar. En este caso, se puede emitir un nuevo pasaporte.

En caso de muerte de mascotas con dueño, debe informarse a las direcciones provinciales/distritales dentro de los 30 días y los pasaportes de los animales deben presentarse y descontarse del sistema.

CAMBIO DE PROPIEDAD

Para el cambio de dueño de mascotas, se debe tramitar el cambio de dueño de la base de datos y pasaporte del nuevo dueño del animal mediante solicitud en las direcciones provinciales/distritales en un plazo de 60 días con el “Certificado de Cambio de Titularidad de Mascota”.

TRANSPORTE DE PERSONAS (VIAJES)

Es obligatorio que la mascota tenga aplicado su microchip, su pasaporte emitido y registrado en PETVET cuando viaje al extranjero con pasajero o comercialmente.

Es obligatorio tener pasaportes de animales domésticos en el transporte doméstico. Se imponen sanciones administrativas a los dueños de mascotas que no tengan pasaporte.

¿CÓMO FUNCIONARÁ EL PROCESO EN ANIMALES HORRIBLES?

De acuerdo con la Ley de Protección Animal No. 5199, los animales callejeros deben ser identificados por los gobiernos locales.

Los animales que se quieran adoptar de la calle pueden ser registrados sin ninguna sanción penal.

Si los animales que se quieren adoptar de la calle no han sido identificados, se hará una solicitud a los albergues de animales y se les identificará con un “Certificado de Adorno”, pudiendo ser registrados en PETVET (Sistema de Registro de Mascotas) por las direcciones provinciales/distritales sin ninguna sanción.

TRATAMIENTO DE ANIMALES HORRIBLES

No hay restricciones en el tratamiento de animales callejeros por parte de los veterinarios.

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