Presidencia de la Corte Suprema contratará a 6 trabajadores discapacitados

Presidencia de la Corte Suprema para Contratar Personal Contratado
Presidencia de la Corte Suprema

Ser empleado en las unidades de servicio de la Presidencia de la Corte Suprema; De acuerdo con los resultados del examen oral que realizará nuestra Agencia, 657 trabajadores permanentes (discapacitados) serán contratados a través de İŞKUR en el ámbito del artículo 4/D de la Ley N° 4857, la Ley N° 6 del Trabajo y el Reglamento de Procedimientos. y Principios a Aplicar en la Contratación de Trabajadores en las Instituciones y Organismos Públicos.

Los cuadros de trabajadores permanentes y los requisitos de solicitud se publicarán en el sitio web de İŞKUR. Los candidatos que cumplan las condiciones podrán postularse en la Dirección provincial de Ankara İŞKUR - Centro de servicio Çankaya entre el 21.11.2022 y el 25.11.2022 en persona o iniciando sesión en el enlace "Buscador de empleo" en la dirección de Internet de iskur.gov.tr Con su número TR ID y contraseña.

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CONDICIONES DE SOLICITUD

1. Ser ciudadano turco, sin perjuicio de las disposiciones de la Ley núm. 2527 sobre la libertad de profesión y artes de los extranjeros de la nobleza turca y el empleo en instituciones públicas y privadas o lugares de trabajo,

2. No ser privado de los derechos públicos,

3. Haber cumplido los 21.11.2022 años a la fecha de la primera aplicación del examen (18),

4. Incluso indultados, delitos contra la seguridad del Estado, delitos contra el orden constitucional y el funcionamiento de este orden, delitos contra la defensa nacional, delitos contra el secreto de Estado y espionaje, malversación, extorsión, cohecho, hurto, estafa, falsificación, abuso de confianza, quiebra fraudulenta No ser condenado por manipular la licitación, manipular la ejecución de la ejecución, blanquear los valores de la propiedad derivados de delitos o contrabando

5. No ser destituido de las instituciones y organismos públicos por ningún motivo de su función o profesión,

6. No estar relacionado con el servicio militar para los candidatos masculinos (por realizar, suspender o eximir)

7. Graduarse de la escuela (departamento/programa) determinada para la solicitud a partir de la fecha límite de solicitud y tener otros documentos requeridos,

8. No recibir pensión de jubilación, vejez o invalidez de ninguna institución de seguridad social,

9. Tener un resultado positivo como resultado de la Investigación de Seguridad y la Investigación de Archivos,

10. Contar con un documento que demuestre el estado de prioridad especificado en el primer párrafo del artículo 5 del citado Reglamento, entre los candidatos que tienen el derecho de prioridad en el empleo,

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