Presidencia de la Junta Suprema de Elecciones reclutará 12 personal contratado

Presidencia de la Junta Suprema de Elecciones para la Contratación de Personal Contratado
Presidencia de la Junta Suprema de Elecciones reclutará 12 personal contratado

Para ser empleada en la organización central de la Junta Suprema de Elecciones, con fundamento en el artículo adicional 375 del Decreto-Ley nº 6, se publicó en el Diario Oficial de fecha 31.12.2008 con el número 27097.
De conformidad con el artículo 8 del Reglamento sobre Principios y Procedimientos Relativos al Empleo de Personal Informático Contratado en Unidades de Procesamiento de Información Escalado, se reclutarán 12 (doce) informáticos contratados cuya colocación se realizará de acuerdo con el orden de éxito de la oralidad. examen.

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CONDICIONES DE SOLICITUD

a) Reunir las condiciones generales enumeradas en el artículo 657 de la Ley N° 48 de los Servidores Públicos,

b) haberse graduado de los departamentos de cuatro años de ingeniería informática, ingeniería de software, ingeniería eléctrica, ingeniería electrónica, ingeniería eléctrica y electrónica e ingeniería industrial de facultades o instituciones de educación superior en el extranjero cuya equivalencia es aceptada por el Consejo de Educación Superior,

c) Salvo los especificados en el inciso (b), de los departamentos de ingeniería de las facultades que imparten educación cuatrienal, los departamentos de ciencia-literatura, educación y ciencias de la educación, departamentos que imparten educación en informática y tecnología y estadística, departamentos de matemáticas y física, o de un dormitorio cuya equivalencia haya sido aceptada por el Consejo de Educación Superior.Los graduados de instituciones de educación superior distintas de las mencionadas en este apartado pueden solicitar 2 veces el salario máximo mensual bruto del contrato.

ç) Al menos 3 (tres) años para software, diseño y desarrollo de software, gestión de este proceso o instalación y gestión de sistemas de redes de gran escala, para quienes no superen el doble del tope salarial, al menos 3 años para quienes no exceda de 5 (tres) veces.
(cinco) años y tener por lo menos 4 (ocho) años de experiencia profesional para los que no excederá de 8 (cuatro) años, (Para determinar la experiencia profesional, como personal de TI personal permanente sujeto a la Ley N° 657 o b) del artículo 4º de la misma Ley. presa o
Se tienen en cuenta los períodos de servicio documentados como personal de informática en calidad de trabajador mediante el pago de primas a instituciones de seguridad social del sector privado y servicios contratados sujetos al Decreto-Ley N° 399.)

d) Documentar que conocen al menos dos de los lenguajes de programación actuales, siempre que tengan conocimiento sobre el hardware de los periféricos de la computadora y la gestión y seguridad de red establecidas,

e) En cuanto a la condición militar; no estar involucrado en el servicio militar, no tener la edad militar o, si ha alcanzado la edad del servicio militar, haber realizado el servicio militar activo o ser pospuesto o transferido a la clase de oficial de reserva,

f) Con las calificaciones requeridas por el servicio, juicio, representación, seguimiento de las nuevas tecnologías, aprendizaje e investigación, aprendizaje rápido y autodesarrollo, pensamiento analítico, propensión al trabajo en equipo y alta capacidad comunicativa, manteniéndose al día con el ritmo de trabajo ajetreado y estresante. y documentar (documentación) para tener habilidades de documentación dándole importancia.

HORA, LUGAR Y FORMA DE SOLICITUD

a) Las solicitudes comenzarán a las 27.09.2022:10 horas del 00 y finalizarán a las 06.10.2022:23:59 horas del 59. Las solicitudes se realizarán electrónicamente a través de e-Government, a través del servicio "High Election Board - Career Gate Public Recruitment" o en la dirección de Internet de Career Gate (isealimkariyerkapisi.cbiko.gov.tr). No se aceptarán solicitudes hechas en persona, y no se aceptarán solicitudes hechas por correo u otros medios.

b) Los candidatos podrán elegir como máximo 2 (dos) posiciones diferentes como primera y segunda preferencia entre las posiciones convocadas. A partir de la puntuación más alta para cada puesto, puede realizar el Examen en la tabla "Personal de TI contratado".
Serán elegibles para participar en el examen oral el número de candidatos especificado en la columna Número de Candidatos a Convocar. La evaluación se realizará principalmente entre los aspirantes al puesto de primera elección. Los candidatos que serán elegibles para participar en el examen oral se determinarán observando sus puntajes y el orden de preferencia. De acuerdo a esto; Los candidatos serán clasificados en primer lugar de acuerdo con su primera preferencia. Un candidato que no puede clasificarse en su primera preferencia porque los estudiantes con puntajes más altos son elegibles para tomar el examen, dependiendo de su puntaje, si alguno, de acuerdo con su segunda preferencia, pero si no se ha realizado una solicitud válida para esa preferencia como la primera opción, o las solicitudes que se consideren inválidas o el número de solicitantes determinados para tomar el examen no están disponibles, se incluirán en la lista después de aquellos que hicieron su primera opción, si los hubiere.

c) La información de los candidatos como identidad, graduación y servicio militar se obtendrá a través de los servicios web de las instituciones pertinentes a través de e-Gobierno. Los candidatos cuya información de graduación no llegue automáticamente o que piensen que la información recibida es incorrecta o incompleta cargarán manualmente su información actualizada (como muestra del diploma aprobado, certificado de graduación) al sistema en formato pdf durante la solicitud.

ç) Los solicitantes son responsables de realizar el proceso de solicitud sin errores, completo y de acuerdo con los aspectos especificados en este anuncio, y de cargar los documentos solicitados en el sistema en la etapa de solicitud. Los candidatos que no cumplan con estos puntos no podrán reclamar ningún derecho.

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