La eficiencia energética tendrá prioridad en los planes maestros de transporte de la ciudad

La eficiencia energética tendrá prioridad en los planes maestros de transporte de la ciudad

La eficiencia energética tendrá prioridad en los planes maestros de transporte de la ciudad

El “Reglamento por el que se modifica el Reglamento de Construcción de Planes Territoriales” del Ministerio de Medio Ambiente, Urbanización y Cambio Climático fue publicado en el Boletín Oficial y entró en vigor. En nueva normativa; Con el foco puesto en la “eficiencia energética” en los principales planes de transporte de la ciudad, se abrió el camino para hacer Aparcamientos Regionales en los centros de la ciudad y barrios. En las nuevas normas que aumentan el protagonismo de los municipios en la estética urbana, se han hecho más comprensibles las leyendas, que son la lengua de signos de los planes urbanísticos.

El “Reglamento por el que se modifica el Reglamento de Construcción de Planes Territoriales” del Ministerio de Medio Ambiente, Urbanización y Cambio Climático fue publicado en el Boletín Oficial de fecha 13 de marzo de 2022 con el número 31777 y entró en vigor.

La eficiencia energética tendrá prioridad en los planes directores de transporte de la ciudad

Con el fin de aumentar la eficiencia energética en el transporte y contribuir positivamente al cambio climático, se agregó un inciso (m) al primer párrafo del artículo 7° del Reglamento de Construcción de Planes Territoriales, asegurando que los planes maestros de transporte de la ciudad den prioridad a la energía eficiencia.

En la nueva regulación (m) se estableció lo siguiente:

“Los procesos relativos a la elaboración del plan maestro de transporte urbano se realizan de conformidad con lo establecido en el 'Reglamento de Procedimientos y Principios para Incrementar la Eficiencia Energética en el Transporte' publicado en el Diario Oficial del 02.05.2019 y numeral 30762.”

Se definieron centros de ciudad y barrio, se proporcionaron estacionamientos regionales.

Las definiciones de centros principales de ciudad y centros vecinales, que sirven a la totalidad del asentamiento y también se definen como "áreas comerciales centrales", se aclaran con el nuevo párrafo agregado al artículo 21 del mismo Reglamento y se hacen comprensibles. Con la cláusula añadida, fue posible realizar Estacionamiento Regional en centros de ciudad y centros de barrio con decisiones de plan.

El nuevo párrafo añadido al artículo 21 del Reglamento de Construcción de Planes Territoriales es el siguiente:

“(15) Los centros principales y subcentros que atienden a la totalidad del asentamiento se forman considerando sus relaciones y accesibilidad entre sí y teniendo en cuenta las siguientes cuestiones:

a) Sede o áreas centrales de negocio; Incluye usos como áreas de gestión, centros de negocios, infraestructura social, alojamiento, espacios abiertos y verdes, estacionamientos generales y regionales, estaciones principales de transporte. Es fundamental que estos centros se determinen en las intersecciones de caminos colectores o secundarios de acuerdo con el tamaño del área que atienden, la población, la necesidad de estacionamiento y teniendo en cuenta su accesibilidad con vehículos, transporte público y ciclovías.

b) Sub-centros tales como centros distritales o vecinales; Incluye usos como áreas de equipamientos administrativos, comercio, educación, equipamientos sanitarios, lugares de culto, equipamientos sociales y culturales, espacios abiertos como parques, parques infantiles, plazas, aparcamientos generales y comarcales, equipamientos deportivos, principalmente para atender a la población de el distrito o barrio contiene. Es fundamental asegurar la conexión de estos centros entre sí y con el centro principal a través del transporte público, el transporte de bicicletas y peatones, la continuidad de espacios abiertos y verdes.

Contribución a la estética urbana

También se modificaron los párrafos primero, tercero, séptimo y octavo del artículo 30 del Reglamento de Construcción de Planes Territoriales por estética urbana.

Los nuevos cambios, en los que se crean las disposiciones que asegurarán la ampliación de los estudios de diseño urbano, permiten a los municipios establecer una “comisión de diseño urbano” para contribuir a la estética urbana.

El cambio, que tiene como objetivo generalizar el diseño urbano de los municipios, también abre el camino para que los municipios elaboren una guía de diseño urbano de acuerdo con las características locales de las ciudades.

En el nuevo reglamento; Se enfatiza que al hacer un diseño urbano, se pueden hacer arreglos para hacer que las áreas públicas, como las zonas peatonales y las plazas, sean más estéticas y orientadas al ser humano.

Los cambios introducidos en los párrafos primero, tercero, séptimo y octavo del artículo 30 del Reglamento son los siguientes:

“(1) Los límites del área donde se realizará el proyecto de diseño urbano se pueden mostrar en el plan de zonificación. En caso de que los proyectos de diseño urbano se preparen junto con los planes de zonificación de implementación, los detalles necesarios en estos proyectos pueden incluirse en las decisiones del plan de zonificación.

(3) Cuando sea necesario, se podrá establecer en las administraciones una comisión de evaluación del diseño urbano con el fin de examinar y evaluar los proyectos de diseño urbano.

(7) La administración podrá elaborar una guía de diseño urbano en las áreas que considere necesarias, con el objetivo de ganar la imagen, el significado y la identidad del espacio, aumentando el valor estético y artístico, disponiendo las edificaciones en armonía y de manera que creen integridad. , e incluir las decisiones como guías y recomendaciones para su implementación dentro de la sistemática de ordenamiento territorial.

(8) Las áreas públicas, como las zonas peatonales y las plazas, pueden organizarse con proyectos de diseño urbano de acuerdo con las decisiones del plan de zonificación”.

También se hicieron arreglos en las demostraciones del plan de zonificación.

Con el fin de hacer los planes de ordenamiento territorial, que es una de las principales atribuciones de los municipios, fáciles y comprensibles, se reordenaron los despliegues de los planes de ordenamiento territorial denominados "leyendas" de acuerdo con las demandas y necesidades de los municipios.

Documentos electrónicos reorganizados titulados "Pantallas conjuntas", "Pantallas de planes ambientales", "Pantallas de planes maestros de zonificación", "Pantallas de planes de zonificación de implementación" y "Catálogos detallados de planes espaciales"

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