Propuesta de Ley de la Profesión Docente Aceptada por la Comisión

Propuesta de Ley de la Profesión Docente Aceptada por la Comisión
Propuesta de Ley de la Profesión Docente Aceptada por la Comisión

Con la propuesta, se pretende organizar los nombramientos y el desarrollo profesional de los docentes encargados de realizar los servicios de educación y formación, así como su progresión en el escalafón profesional.

Según la propuesta, en la que la enseñanza se define como "una profesión de especialización especial que se ocupa de la educación y la formación y las funciones de gestión conexas", los docentes estarán obligados a desempeñar estas funciones de conformidad con los objetivos y principios básicos de la educación nacional turca y la ética principios de la profesión docente. Las condiciones de trabajo de los docentes se ordenarán para alcanzar los objetivos fijados para mejorar la calidad de la educación. La preparación para la profesión docente se brindará con cultura general, educación de campo especial y formación pedagógica/conocimiento de la profesión docente. La profesión docente se dividirá en tres etapas de carrera como "docente", "profesor experto" y director después del período de enseñanza del candidato.

El Ministerio de Educación Nacional determinará las calificaciones que se buscarán en los candidatos a maestros en términos de cultura general, educación de campo especial y formación pedagógica / conocimiento de la profesión docente. Los docentes serán seleccionados entre los egresados ​​de las instituciones de educación superior que forman a los docentes y las instituciones de educación superior extranjeras cuya equivalencia se acepte.

Los futuros docentes deberán egresar de las instituciones de educación superior que reglamentariamente se determinen, además de las condiciones señaladas en el artículo correspondiente de la Ley del Servidor Público, para ser designados como aspirantes a docentes, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación especial. De acuerdo con la Ley de Investigación de Seguridad y Archivo, se buscarán las condiciones para haber realizado una investigación de seguridad y archivo y aprobar los exámenes que realizará el Ministerio de Educación Nacional y/o la Presidencia del Centro de Medición, Selección y Colocación. .

El período de nominación no puede ser inferior a un año ni superior a dos años. Durante este período, el lugar de deber de los candidatos a profesores no se puede cambiar, excepto por necesidad. Los futuros profesores estarán sujetos al Programa de formación de profesores principiantes, que consiste en formación y práctica. Los profesores candidatos que tengan éxito como resultado de la evaluación realizada por la Comisión de Evaluación de Candidatos al final del proceso de nominación serán designados para la docencia.

Los aspirantes a docentes que no reúnan ninguna de las condiciones para ser nombrados, los que pierdan alguna de las condiciones para el nombramiento durante el período de candidatura, los que sean sancionados para reducir su salario o detener su avance en el proceso de candidatura, los que no participar en el Programa de Formación de Candidatos a Profesores previsto para profesores noveles sin excusa, al final de este programa, los que no aprueben la evaluación serán despedidos y no se incorporarán a la profesión docente durante 3 años.

De acuerdo con la Ley de Servidores Públicos, quienes hayan sido designados para el servicio civil principal por remoción de su candidatura de conformidad con la Ley de Servidores Públicos, de entre los que deban ser cesados ​​en sus funciones, serán incorporados al personal con el título de funcionario servidor de acuerdo con sus grados mensuales de derecho ganado. Por reglamento se reglamentará la conformación del Programa de Formación de Candidatos a Docentes y de la Comisión de Evaluación de Candidatos, que es la base para la formación de los docentes noveles durante el proceso de postulación, y demás procedimientos y principios relativos al proceso docente novel.

Escala de carrera docente

Con la propuesta se determinan los pasos de la carrera docente. En consecuencia, los docentes con una antigüedad mínima de 10 años en la docencia, incluidos los candidatos a docentes, han completado el Programa de Formación de Docentes Especializados, que no es inferior a 180 horas para el desarrollo profesional, y los estudios mínimos previstos para la docencia experta en las áreas de desarrollo profesional. , y que no tengan la sanción para detener su progresión, podrán obtener el título de profesor especialista.Pueden solicitar el examen escrito. Se considerarán aprobados quienes obtengan una puntuación de 70 o más en el examen escrito para optar al título de maestro experto. Aquellos que aprueben el examen escrito recibirán un certificado de maestro especialista.

Entre los profesores especialistas que tengan al menos 10 años de servicio en la docencia especializada y que no sean sancionados por detener su progresión, aquellos que hayan completado el Programa de Formación de Directores organizado por no menos de 240 horas para el desarrollo profesional y que hayan completado los estudios previsto para el director en los campos de desarrollo profesional puede solicitar el examen escrito para el título de director. Aquellos que obtengan una puntuación de 70 o más en el examen escrito se considerarán aprobados. Aquellos que aprueben el examen escrito recibirán un certificado de director.

Estarán exentos del examen escrito para el título de profesor titular quienes hayan culminado su formación de maestría y quienes hayan culminado la formación de doctorado requerida para el título de maestro especialista.

En el cómputo de la duración de la docencia se tendrán en cuenta los periodos dedicados a la gestión del centro educativo ya la docencia contratada.

El título de maestro se utilizará a partir de la fecha de aprobación del nombramiento para esta tarea por parte del supervisor autorizado para designar, y el título de maestro especialista o director se utilizará a partir de la fecha de emisión del certificado de maestro especialista/director. Los docentes que cambien de campo después de obtener el título de maestro especialista o director, o cuyo campo haya sido eliminado o cuyo campo haya sido modificado por las reglamentaciones pertinentes, seguirán utilizando los títulos que hayan obtenido.

Aquellos que reciban el título de profesor especialista o director de estudios recibirán un título por separado para cada título. Aquellos que hayan sido condenados a detener su progresión podrán solicitar el título de maestro experto o director después de que su sanción sea eliminada de su expediente personal. Los procedimientos y principios relativos al avance en las etapas profesionales de la profesión docente se regularán reglamentariamente.

Indicadores y compensaciones adicionales

En los casos en que no exista disposición en la propuesta, se aplicarán las disposiciones de la Ley de Educación Primaria y Educación, la Ley de Funcionarios Públicos, la Ley Básica de Educación Nacional y otras leyes que no entren en conflicto con este reglamento.

Con la reforma de la Ley del Funcionario Público se está mejorando la compensación por educación y formación de quienes tienen el título de maestro experto y director. La compensación por educación que se paga a los maestros especialistas se incrementa del 20 por ciento al 60 por ciento, y la compensación por educación que se paga a los directores se aumenta del 40 por ciento al 120 por ciento.

Se incrementan a 3600 los indicadores adicionales de docentes que laboran en el plantel de primer grado. En cuanto al profesorado con otras titulaciones, se prevé que se realicen ajustes en función de este incremento. El indicador adicional será de 3000 para los docentes de segundo grado y 2200 para los de tercer grado, mientras que 1600 para el cuarto grado, 1300 para el quinto grado, 1150 para el sexto grado, 950 para el séptimo grado y 850 para el octavo calificación. Este artículo entrará en vigor el 15 de enero de 2023.

Con la modificación realizada en el artículo correspondiente del Decreto-Ley de Instituciones que Prestan Servicios Privados de Alojamiento y algunos Reglamentos, se prevé que los docentes contratados podrán reubicarse en función de sus excusas de seguridad y salud.

Dado que con esta propuesta se regulan los temas relacionados con la docencia y la titulación y selección de docentes, se derogan los artículos pertinentes de la Ley Básica de Educación Nacional.

Se beneficiarán de este reglamento quienes tengan el título de profesor experto y director de estudios en el momento de la publicación.

Después de que se completó el trabajo de la comisión, el Viceministro de Educación Nacional, Sadri Şensoy, agradeció a los participantes por sus valiosas ideas y contribuciones sobre la Propuesta de Ley de la Profesión Docente en nombre del Ministerio.

Şensoy, quien dio información a la comisión, dijo: “Tenemos alrededor de 850 mil clases, tenemos sucursales. El 53 por ciento de esto consiste en estudiantes de 25 años o menos, el 18,5 por ciento consiste en estudiantes entre 26 y 30, y el 15 por ciento consiste en estudiantes entre 31 y 35. Este tema acaba de pasar, 'hay al menos 37 a 57 estudiantes'. Fue dicho. De esa manera tenemos un punto. dicho.

Al recordar las críticas sobre el bajo número de artículos en el proyecto de ley, Şensoy dijo que algunos temas que no se mencionan aquí están incluidos en la Ley de Servidores Públicos.

Al expresar que la unidad familiar también se mencionó en los discursos, Şensoy dijo: “Si ambos cónyuges son personal permanente, no hay problema, entonces esto sucede con las citas de disculpa, pero si uno de los cónyuges es contratado y el otro es permanente, el permanente el cónyuge puede ser destinado al lugar contratado; sólo que aquí, la persona contratada no puede pasar a donde está su esposa permanente, pero si ambos están contraídos, no hay transición al respecto por el momento”. él dijo.

Şensoy dijo: “Debe saberse que todos los maestros y la comunidad educativa están esperando el resultado de esta reunión. Nos gustaría agradecer a los miembros de nuestra comisión, los sindicatos, las partes interesadas y el personal relevante del Ministerio por su apoyo durante todo el proceso”. dicho.

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