Alcance ampliado en e-Factura, e-Archivo y e-Waybill

Alcance ampliado en e-Factura, e-Archivo y e-Waybill

Alcance ampliado en e-Factura, e-Archivo y e-Waybill

Se realizó una modificación al Comunicado General de la Ley de Procedimiento Tributario (VUK) con el número de línea 30923 publicado en la Gaceta Oficial N° 19 el 2019 de octubre de 509 por el Ministerio de Hacienda y Finanzas Administración de Ingresos (GİB). De acuerdo con el Comunicado publicado en el Boletín Oficial el 22 de enero de 2022, se ha ampliado el alcance de las aplicaciones de factura electrónica, factura electrónica de archivo y guía electrónica y se ha iniciado una nueva era.

Más de 500 mil empresas han ingresado a las aplicaciones de e-Document (e-Invoice, e-Archive Invoice, e-Waybill, e-Ledger, etc.), las cuales se realizan con éxito en nuestro país, y este índice demuestra que una de cada de cada seis empresas ha entrado en el proceso de “digitalización” con el alcance de la e-Documentación. Los negocios restantes continúan siendo cubiertos gradualmente con los nuevos comunicados anunciados por el GİB. Gracias a las aplicaciones de transformación digital de Uyumsoft e-Uyum, las empresas gestionan sus negocios de principio a fin independientemente de la hora y el lugar.

¿Qué cubren los cambios en el Comunicado General N° 509 de VUK?

1 Las empresas con ingresos brutos por ventas de más de 2021 millones de TL en 4 y las empresas con ingresos brutos por ventas de más de 2022 millones de TL en 3 y los siguientes períodos deben cambiar a la factura electrónica en el séptimo mes del año siguiente.

2- Aquellos que venden bienes y servicios en el entorno electrónico, empresas con ingresos brutos de ventas de más de 2020 millón de TL en 2021 o 1, el 1 de julio de 2022; Las empresas con ingresos brutos por ventas de más de 2022 500 TL en 7 deben cambiar a la factura electrónica en el séptimo mes del año siguiente.

3- Quienes construyan, fabriquen, compren, vendan y alquilen bienes inmuebles y/o vehículos de motor, empresas con ingresos brutos por ventas de más de 2020 millón de TL en los períodos 2021 o 1, el 1 de julio de 2022; A partir de 2022, las empresas que siguen más de 500 7 TL deben cambiar a la factura electrónica en el séptimo mes del año.

4-Las empresas que reciben servicios de alojamiento del Ministerio de Cultura y Turismo y Municipios tienen que cambiarse a factura electrónica el 1 de julio de 2022.

5-Las empresas que están incluidas en la aplicación de factura electrónica y cuyos ingresos por ventas brutas superan los 2021 millones de TL en 10 y los períodos siguientes, deben utilizar la guía electrónica en julio del año siguiente.

A partir del 6 al 1 de marzo de 2022, el monto de la factura emitida a los no contribuyentes es de 5 mil TL o más; Si el límite de emisión de facturas es de 2 mil TL o más en las facturas emitidas a los contribuyentes, debe emitirse como archivo electrónico.

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