Reglamento de autorización de operador ferroviario modificado

Reglamento de autorización de operador ferroviario modificado
Reglamento de autorización de operador ferroviario modificado

El Reglamento de Modificación del Reglamento de Autorización de Operadores Ferroviarios del Ministerio de Transportes e Infraestructuras entró en vigor tras su publicación en el 2º ejemplar del Boletín Oficial.

En consecuencia, los operadores de trenes ferroviarios que hayan recibido el certificado de autorización comenzarán sus actividades después de instalar los sistemas de gestión de seguridad y recibir el certificado de seguridad dentro de los 6 meses posteriores a la fecha de recepción del certificado de autorización.

Los operadores de trenes ferroviarios, que no puedan obtener el certificado de seguridad dentro de los 6 meses mencionados, podrán recibir 6 meses adicionales examinando sus solicitudes, si prevén que el tiempo requerido para obtener el certificado de seguridad será de más de seis meses.

Aquellos que no puedan obtener el certificado de seguridad a pesar del período adicional de 6 meses otorgado, y aquellos que no reciban el certificado y comiencen la operación del tren en el plazo de un año, tendrán sus certificados de autorización revocados.

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