El requisito de estacionamiento cobra vida según el tamaño plano

La obligación de estacionamiento cobra vida según el tamaño del apartamento
La obligación de estacionamiento cobra vida según el tamaño del apartamento

Con la modificación del Reglamento de Aparcamientos emitida por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanización, se introdujo la obligación de realizar las gestiones adecuadas para el uso de minusválidos en los aparcamientos.

La enmienda al Reglamento de Aparcamiento fue enviada a la Presidencia para ser publicada en el Boletín Oficial con la firma del ministro de Medio Ambiente y Urbanización, Murat Kurum. El cambio de regulación entrará en vigor a partir del 31 de marzo.

Con la modificación del Reglamento de Estacionamiento, en los casos en los que sea riesgoso descender desde la cimentación de los edificios adyacentes al nivel inferior, el monto del estacionamiento que no se pueda cubrir en la parcela se pagará como tarifa de estacionamiento, y los residentes podrán beneficiarse del estacionamiento regional.

El permiso de estacionamiento abierto en el jardín delantero, que anteriormente se otorgaba para las parcelas con un jardín delantero de 8 metros o más, también se otorgará a las parcelas con un jardín delantero de más de 5 metros.

También se realizarán arreglos adecuados para el uso de discapacitados en los estacionamientos.

En casas con tramos individuales independientes como villas, será posible cumplir con el estacionamiento obligatorio en cualquier jardín de la parcela sin ningún requisito de distancia mínima.

Con el reglamento, el ancho mínimo de la vía de servicio construida en los estacionamientos cerrados de edificios con menos de 15 estacionamientos se reducirá de 6,50 metros a 4,9 metros.

APLICACIÓN DE AL MENOS 1 REQUISITO DE ESTACIONAMIENTO POR CADA PISO HA CAMBIADO

Al realizar cambios en el requisito de al menos 1 estacionamiento para cada piso, se introducirá un requisito de estacionamiento de acuerdo con el tamaño del piso.

Con el cambio, al menos 80 estacionamiento por cada 3 pisos menores de 1 metros cuadrados, al menos 80 estacionamiento por cada 120 pisos entre 2-1 metros cuadrados, al menos 120 estacionamiento por cada piso entre 180 y 1 metros cuadrados, y 180 estacionamientos por cada piso de más de 2 metros cuadrados, se proveerá separación.

El requisito de estacionamiento, que es 30 por cada 1 metros cuadrados en funciones como tiendas, comercios y bancos, 40 por cada 1 metros cuadrados y 40 por cada 1 metros cuadrados en los edificios de oficinas, se revisará a 50 por cada 1 metros cuadrados. metros.

Se eliminará la obligación de cumplir con el estacionamiento en el sótano del edificio primero, y se hará la disposición de que se pueda cumplir en el sótano, patio trasero, lateral o delantero del edificio o debajo de estos jardines sin prioridad.

En el patio trasero de la parcela se habilitará estacionamiento mecánico, siempre que no se acerque a los edificios más de 2 metros y no supere la altura de la planta baja.

En parcelas de menos de 120 metros cuadrados y con estructuras de 3 pisos o más, la oportunidad de obtener el estacionamiento del estacionamiento regional se ha hecho posible a pedido. En parcelas de menos de 250 metros cuadrados, el número de estacionamientos obligatorios se reducirá en un 50 por ciento, siempre que la mitad de las necesidades de estacionamiento se cubran en la parcela.

USO COMÚN DE PARCELAS PARA PARCELAS DE VECINOS

Con el acuerdo de las parcelas vecinas y el consentimiento de los propietarios, los jardines adyacentes se utilizarán como estacionamiento común eliminando el muro en el medio. De esta forma, con el acuerdo de más de una parcela, se abrirá el frente del estacionamiento.

Como innovación que entró en la legislación de estacionamientos por primera vez, será posible obtener un estacionamiento de otro edificio dentro de un radio de 1000 metros, o de un estacionamiento comercial, si lo hubiera, colocando una anotación en el título. Escritura de estructuras que no pueden tener estacionamiento en su parcela.

La enmienda realizada en la Ley de Municipio Metropolitano No. 5216 se detalla en el Reglamento de Estacionamientos, ya que los municipios metropolitanos no construyeron estacionamientos regionales aunque hasta el momento habían recibido tarifas de estacionamiento. A partir de ahora, la tarea de recaudar el costo del estacionamiento comarcal y la construcción de estos estacionamientos estará a cargo de los municipios distritales. Los municipios distritales estarán obligados a construir los aparcamientos por los que se les cobra, en un plazo máximo de 3 años.

Se abolirá la práctica de cobrar la tarifa total del estacionamiento en la etapa del permiso de construcción, y será posible pagar el 25 por ciento en la etapa de la licencia y el resto en 18 meses y en cuotas.

Para que los municipios distritales aceleren sus planes regionales de zonificación de estacionamiento, se concluirá que el plan de zonificación de implementación 1/1000 será suficiente y no habrá necesidad de cambiar el plan maestro de desarrollo.

En los edificios nuevos con un número mínimo de estacionamientos obligatorios de más de 20, al menos el 1 por ciento hasta el 2023 de enero de 2 y el 5 por ciento después de esta fecha, se requerirá que arreglen los espacios de estacionamiento de vehículos eléctricos. En los centros comerciales y aparcamientos regionales, estas tasas serán del 1 por ciento hasta el 2023 de enero de 5 y del 10 por ciento a partir de esta fecha.

Las solicitudes de licencia de obra que se realicen antes de la entrada en vigor del cambio normativo y las obras licitadas por las instituciones públicas tendrán la oportunidad de obtener una licencia de acuerdo con el reglamento anterior, si así se solicita.

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