¿Qué es la Convención del Estrecho de Montreux? ¿Cuándo se firmó?

¿Cuál es el contrato de Montro Straits firmado cuando se firmó?
¿Cuál es el contrato de Montro Straits firmado cuando se firmó?

Convenio de Montreux sobre el Régimen del Estrecho, firmado en 1936 en Estambul y Turquía y los convenios internacionales que establecen el derecho a regular y controlar el paso de buques de guerra por el estrecho de los Dardanelos. La Convención otorga a Turquía el control total sobre el Estrecho y el tiempo justo de paz garantiza el libre paso de embarcaciones civiles. La convención restringe el paso de buques de guerra pertenecientes a países sin costa en el Mar Negro. Los términos de la convención, en particular su concesión de acceso a la Armada Soviética al Mediterráneo, han sido un tema de debate durante años. Reemplazó a la Convención del Estrecho, que se firmó con el Tratado de Lausana en 1923. Con este contrato, también se dio por terminada la tarea de la Comisión del Estrecho Internacional.

Turquía, debido a las restricciones impuestas por el Acuerdo sobre el Estrecho firmado con el Tratado de Lausana, siempre ha sido motivo de preocupación. Conserva la fecha de frescura de la firma del contrato con la esperanza de un desarme seguro de la creciente carrera armamentista de disturbios de Turquía que había escuchado el comienzo nuevamente. Turquía, cuando escuche que estos disturbios y el Estrecho anuncian el estado de los estados signatarios relevantes, propusieron que las enmiendas al estado comenzaron a tener lugar en casi todos estos polos diferentes, habían visto un entendimiento común. El Ministerio de Relaciones Exteriores británico emitió la siguiente opinión sobre el tema de una nota el 23 de julio de 1936: "La Convención del Estrecho de Turquía sobre el reemplazo de la solicitud se considera justificada".

El régimen transitorio de estatus y los buques del Estrecho siempre estuvieron muy interesados ​​en el Pacto Balcánico paralelo del Reino Unido para apoyar a Turquía en la reunión del Consejo Permanente del 4 de mayo de 1936 en Belgrado y se decidió apoyar la propuesta de Turquía. El intento de Turquía El Acuerdo del Estrecho de Lausana por parte de los otros contratantes fue aceptado por la conferencia del Estrecho que cambiará el régimen, se reunió en la ciudad suiza de Montreux el 22 de junio de 1936. Después de la reunión, el período de dos meses, el 20 de julio de 1936, Bulgaria, Francia, Gran Bretaña, Australia, Grecia, Japón, Rumania, la Unión Soviética, Yugoslavia y firmados por Turquía, se han devuelto el Acuerdo del Nuevo Estrecho con los derechos restringidos de Turquía y las gargantas de la soberanía de Turquía ' pasó a. Turquía, de conformidad con el pacto de agresión soviético con la Unión Soviética antes de su Unión también fueron de apoyo. El contrato entró en vigor el 9 de noviembre de 1936 y se registró en la Serie de Convenciones de la Liga de las Naciones el 11 de noviembre de 1936. Está vigente hoy.

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Régimen de transición de los buques mercantes 

  • En tiempos de paz, de día y de noche, independientemente de la bandera y la carga, disfrutarán de plena libertad de paso por el Estrecho y de ida y vuelta (transporte) sin ninguna formalidad (excepto los controles de salud).
  • Turquía en tiempos de guerra, luchó sin cargar la bandera y pase el Estrecho y el viaje de ida y vuelta (transporte) disfrutará de libertad. El pilotaje y el remolque (remolcador) siguen siendo opcionales.
  • Turquía está en guerra en tiempo de guerra, los buques mercantes no están conectados a un país en guerra con Turquía, siempre que no ayude de ninguna manera con el cruce del Estrecho enemigo y el viaje de ida y vuelta (transporte) gozará de libertad. Estos barcos entrarán en el Estrecho durante el día y el paso se hará por la ruta indicada por las autoridades turcas en cada ocasión.
  • si la propia Turquía está tan cerca de contar contra la amenaza de una amenaza de guerra, pase por el estrecho y el viaje de ida y vuelta (transporte) se beneficiará de la libertad total; sin embargo, los barcos deberán ingresar al Estrecho durante el día, y el paso deberá realizarse cada vez en la ruta indicada por las autoridades turcas. La orientación puede ser obligatoria en un caso; sin embargo, no se le cobrará.

Las sanciones se someterán a los buques de guerra y al régimen de transición 

1. Tiempo de paz

  • Los estados litorales del Mar Negro, el submarino que compran o hacen de este mar, el banco de trabajo de donde se ha puesto o ha avisado con anticipación para acostumbrarse a vender a Turquía, tendrán derecho a pasar por el estrecho para participar en la base naval. Tal es el estado de los submarinos, si se proporciona información detallada a Turquía con anticipación al respecto, podrán reparar los bancos fuera del mar que pasan por el estrecho. Tanto en el primer como en el segundo caso, los submarinos deberán atravesar el agua día y noche y atravesar el Estrecho solos.
  • Para que los buques de guerra atraviesen el Estrecho, se requerirá una notificación previa al Gobierno turco a través de la diplomacia. El período habitual para esta notificación previa será de ocho días; sin embargo, para los estados que no pertenecen al Mar Negro, este período es de quince días.
  • El tonelaje total más alto de todas las fuerzas navales extranjeras que pueden atravesar el Estrecho no excederá las 15.000 toneladas.
  • Si, en cualquier momento, el tonelaje de la armada (flota) más fuerte del Mar Negro excede el tonelaje de la armada (flota) más fuerte en este mar en el momento de la firma del contrato en al menos 10.000 toneladas, otros países ribereños pueden aumentar el tonelaje de las armadas del Mar Negro hasta un máximo de 45.000 toneladas. A tal efecto, cada Estado ribereño notificará al Gobierno turco el tonelaje total de su armada (flota) en el Mar Negro el 1 de enero y el 1 de julio de cada año; El gobierno turco compartirá esta información con otros estados no ribereños ante la Liga de Naciones.
  • Sin embargo, si uno o más Estados que no tienen una costa del Mar Negro desean enviar fuerzas navales a este mar con un propósito humano, la suma de esta fuerza no puede exceder las 8.000 toneladas en cualquier supuesto.
  • Cualquiera sea el propósito de su presencia en el Mar Negro, los buques de guerra de los estados no ribereños no podrán permanecer en este mar por más de veintiún días.

2. Tiempo de guerra

  • En tiempos de guerra, Turquía no es beligerante, los buques de guerra de las condiciones antes mencionadas, una transición completa del Estrecho y un viaje de ida y vuelta (transporte) disfrutarán de libertad.
  • Pase a través del Estrecho de los Estados pirateados y Turquía, vinculando un tratado de asistencia mutua, los acorazados librados fuera de cualquier caso de ayuda estatal se realizarán de acuerdo con la prohibición.
  • Los buques de guerra que pertenecen a estados ribereños del Mar Negro o separados de los puertos de amarre pueden cruzar el Bósforo para ir a sus puertos.
  • Está prohibido que los estados en guerra participen en cualquier embargo, ejerzan control (visita) y tomen cualquier otra acción hostil en el Estrecho.
  • En tiempo de guerra, está luchando contra Turquía, en el paso de buques de guerra se expresará como el Gobierno turco por completo.
  • Si Turquía cuenta con la amenaza de una guerra tan cercana al peligro, Turquía comenzará a implementar el régimen de transición, pero el estado de guerra; Las medidas del Consejo de la Sociedad de Naciones tomadas por Turquía Turquía 3 2 a menudo no justifican que estas medidas tendrán que volver.

Disposiciones generales 

  • Los estrechos serán liberados incondicionalmente a la República de Turquía, se les dará el derecho de hacer fortificaciones.
  • El gobierno turco se encargará de la ejecución de todas las disposiciones de la convención con respecto al paso de buques de guerra por el estrecho.

Condiciones de terminación 

La duración del contrato durará 20 años, a partir de la fecha de vigencia. Sin embargo, el principio de libertad de paso y de ida y vuelta (transporte), como se confirma en el artículo 1 del contrato, tendrá una duración infinita.

El 20 de julio de 1956, el contrato expiró, y los estados que lo firmaron intentaron modificar la Convención del Estrecho de Montreux, pero no tuvieron éxito.

Como se establece en las normas y condiciones de terminación del Derecho Marítimo Internacional, no se solicitará una tarifa obligatoria a ningún buque que pase por el estrecho turco, incluso si el contrato se modifica debido al derecho de los pasajeros (no tránsito) de los buques.

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