Se proporcionará una subvención del 50% a los criadores de vaquillas de búfalo

Se proporcionará un porcentaje de subvención a los criadores de búfalos de pared.
Se proporcionará un porcentaje de subvención a los criadores de búfalos de pared.

El Ministerio de Agricultura y Silvicultura apoyará la construcción de nuevas construcciones o trabajos de aumento de capacidad / rehabilitación de reproductores de vaquillas de búfalos reproductores, compras de búfalos reproductores y toros de búfalos y máquinas mezcladoras y distribuidoras de piensos, 50 por ciento del monto de compra base de la subvención.

Se publicó en el Boletín Oficial y entró en vigencia el “Comunicado sobre los principios de implementación en relación con el apoyo a la cría de vaquillas de búfalos” elaborado por el Ministerio.

Con el comunicado se determinaron los procedimientos y principios para el establecimiento de modernas empresas ganaderas, atendiendo las necesidades del país en este campo, aumentando el número de búfalos, aumentando la productividad y calidad en la producción de carne y leche, y apoyando inversiones que mejorará el empleo en las zonas rurales.

En consecuencia, los integrantes de la asociación de ganaderos de búfalos que postulen junto a tres de los proyectos determinados como construcción, compra de animales y compra de maquinaria, herramientas y equipos en nuevos proyectos de inversión, entre los apoyos en el ámbito del comunicado, estarán en Se brindará apoyo mínimo a los inversionistas que se postulen con un proyecto que lo incluya.

En las solicitudes de los sindicatos de criadores de búfalos reproductores, no se requerirá membresía.

Lugar de solicitud, documentos requeridos y hora

Los inversionistas que quieran beneficiarse del apoyo se dirigirán a la dirección provincial del lugar donde realizarán la inversión dentro del plazo que determine el Ministerio y se anuncie en el sitio web.

Las solicitudes serán válidas para el año en que se realicen. Los documentos requeridos serán especificados en la guía de implementación por la Dirección General de Ganadería.

No se evaluarán las solicitudes de inversionistas que se beneficien de descuentos de intereses y otorguen apoyos de otras instituciones y organismos públicos en inversiones sobre el mismo tema.

El solicitante deberá presentar una carta de compromiso notariada en la que indique que no se beneficia de los programas de reducción de intereses o de subvenciones aplicados por el Ministerio u otras instituciones y organizaciones públicas para la cría de búfalos y la construcción de establos, y si se ha beneficiado , se cancelará la subvención conforme al Decreto del Presidente.

Temas de inversión y tasas de subvención

Dentro del alcance del Comunicado, el 50 por ciento del monto de realización basado en la subvención será apoyado para la inversión en construcción que cubra el tema de nueva construcción o aumento de capacidad / rehabilitación. Además, se proporcionará una subvención para la compra de hembras reproductoras de búfalos y toros búfalos, una máquina mezcladora y distribuidora de piensos y un raspador de estiércol a razón del 50 por ciento del importe básico de compra.

En el ámbito del Decreto de la Presidencia en la materia, las personas físicas o jurídicas se beneficiarán de la subvención una vez.

El límite superior del monto de la inversión objeto de la subvención será determinado por la comisión central de evaluación del proyecto, teniendo en cuenta las posibilidades presupuestarias, y será informado a las direcciones provinciales.

La parte que exceda el límite superior del monto de inversión aprobado será cubierta por el inversionista como contribución en especie o en efectivo.

Aquellos cuyos proyectos hayan sido aprobados y que hayan completado su inversión se beneficiarán del apoyo

La subvención a aplicar en el ámbito de la decisión en la materia beneficiará a aquellos cuyos proyectos hayan sido aprobados y que completen su inversión en el plazo aquí especificado.

Los inversores podrán beneficiarse de incentivos crediticios o fiscales.

La subvención cubrirá al menos uno de los proyectos de construcción de aumento de capacidad / rehabilitación, compra de animales y compra de maquinaria y herramientas-equipo.

La inversión comenzará a partir de la fecha en que se emita el informe de ubicación y se completará dentro del mismo año calendario. La fecha final de finalización de las inversiones será el último día hábil de noviembre del año calendario correspondiente.

El proyecto del inversor que no cumpla con sus obligaciones según el plazo previsto, no complete la inversión dentro del plazo o ceda la inversión será cancelado y no podrá beneficiarse del apoyo de la subvención.

Los pagos que se realicen de conformidad con el Decreto del Presidente serán cubiertos por las asignaciones asignadas al presupuesto del año correspondiente del Ministerio.

Los pagos se realizarán a través del banco. Se pagará al banco una comisión de servicio del 0,2 por ciento del monto de apoyo por la solicitud.

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