Modificación del Reglamento de Multas Administrativas de Tráfico.

Modificación del Reglamento sobre multas administrativas para el tráfico: Reglamento sobre la modificación del Reglamento sobre los procedimientos y principios que se utilizarán en la recaudación y el seguimiento de las multas administrativas aplicadas de conformidad con las disposiciones de la Ley de tránsito vial y los recibos, actas y libros.
4 abril 2014 VIERNES
Gaceta Oficial
Número: 28962
REGLAMENTO
Desde el Ministerio del Interior:
APLICADO SEGÚN LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE TRÁFICO DE CARRETERAS
PARA APLICARSE EN LA RECOGIDA Y SEGUIMIENTO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS.
PROCEDIMIENTOS Y PRINCIPIOS Y RECIBIDOS, MINUTOS Y
MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO SOBRE LIBROS.
Reglamento de construcción.
ARTÍCULO 1 - El nombre del Reglamento sobre los procedimientos y principios que se aplicarán en la recaudación y el seguimiento de las multas administrativas aplicadas de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Tráfico de Carreteras publicadas en el Boletín Oficial del 6/4/2011 y numeradas 27897, "Actas de Decisión de Multas Administrativas de Tráfico Reglamento sobre los procedimientos y principios que se aplicarán en el acuerdo, la recopilación y el seguimiento.
ARTÍCULO 2 - El artículo 1 del mismo Reglamento se ha modificado como sigue.
"ARTÍCULO 1 - (1) El propósito de este Reglamento es la forma, el contenido, los principios de adquisición y uso de las Actas de Despacho de la Autoridad Civil y las Actas de Decisión de Multas Administrativas de Tráfico que se prepararán de acuerdo con las disposiciones especificadas en la Ley de Tráfico de Carreteras con fecha 13/10/1983 y numeradas 2918; los procedimientos y principios que se aplicarán en la recaudación y seguimiento de multas; Las calificaciones del personal de la Dirección General de Policía y Gendarmería y del personal del Ministerio de Transporte, Asuntos Marítimos y Comunicaciones, y las unidades pertinentes de la Dirección General de Carreteras, las autoridades, los límites de su autoridad, y en qué casos, qué documentos y actas se emitirán, coordinación y para determinar los principios de cooperación ".
ARTÍCULO 3 - Las cláusulas (a) y (b) del primer párrafo del artículo 2 del mismo Reglamento se han modificado como sigue, (c) se ha abolido, la frase "o tomado bajo protección" viene después de la frase "prohibido" en (f) Fue agregado.
"A) La forma, el contenido, los principios de adquisición y uso, la recopilación y el seguimiento de las Actas de Despacho del Administrador Local y las Actas de Decisión de Multas Administrativas de Tráfico,
b) Quién está autorizado a emitir el Acta de Despacho y el Registro de Decisión de Multas Administrativas de Tráfico en qué situaciones, "
ARTÍCULO 4 - Se han abolido los párrafos (d) y (f) del primer párrafo del artículo 4 del mismo Reglamento, los párrafos (b) y (ğ) se han modificado como sigue y se ha agregado el párrafo (h) al párrafo siguiente.
"B) Informar al Supervisor Local: Las actas prescritas por la Ley de Tráfico de Carreteras y emitidas por las autoridades con el fin de determinar los delitos menores autorizados por los superiores para decidir".
"Ğ) Personal del Ministerio de Transporte, Asuntos Marítimos y Comunicaciones: Personal asignado y autorizado por los departamentos pertinentes del Ministerio de Transporte, Asuntos Marítimos y Comunicaciones para tomar medidas debido al incidente cometido de conformidad con las disposiciones autorizadas por la Ley de Tráfico de Carreteras,
h) Personal autorizado: el funcionario que está autorizado para recibir y entregar minutos de decisión de multas administrativas de tránsito y minutos de referencia a la autoridad local emitidos a cambio de los actos previstos en la Ley N ° 2918 "
ARTÍCULO 5 - El título de la segunda parte del mismo Reglamento ha sido modificado de la siguiente manera.
"Actas de envío al Supervisor Civil, Actas del Tráfico / Recinto del Vehículo, Forma, Contenido y Edición de las Actas de Revocación de la Licencia de Conducir y Actas de Multas Administrativas de Tráfico, Procedimientos y Principios para la Preparación de Actas"
ARTÍCULO 6 - El artículo 5 del mismo Reglamento ha sido modificado de la siguiente manera con su título.
"La forma, el contenido y la impresión de las actas que se prepararán
ARTÍCULO 5 - (1) La forma y el contenido del Acta de la Decisión de Multas Administrativas de Tráfico en (Anexo-1), la forma y el contenido del Minuto de la Decisión de las Multas Administrativas de Tráfico en forma electrónica (Anexo-2) y (Anexo-3), En la forma y contenido (Anexo-4) de las Actas de envío de Amir, la forma y el contenido de las Actas de envío de Amire civil (Anexo-5), en la forma y contenido (Anexo-6), La forma y el contenido del Registro de retención se muestran en el (Anexo 7), y la forma y el contenido del Registro de retiro de la licencia de conducir en el (Anexo 8).
(2) El Ministerio de Hacienda imprime el Acta de Despacho y el Registro de Decisión de Multas Administrativas de Tráfico y se envían a la unidad o institución que el Ministerio de Finanzas determine que se distribuirá a las instituciones autorizadas. Los minutos especificados en este Reglamento también pueden ser producidos y emitidos electrónicamente. Otros procedimientos y principios al respecto son determinados conjuntamente por el Ministerio del Interior y Finanzas ".
ARTÍCULO 7 - El título del artículo 6 del mismo Reglamento se ha cambiado como "Aquellos autorizados para emitir actas", "Recibos y actas" establecidos en el primer párrafo, "Actas" y la cláusula (c) del mismo párrafo se ha cambiado de la siguiente manera.
"C) Personal autorizado y autorizado en las instituciones centrales, regionales provinciales y distritales del Ministerio de Transporte, Asuntos Marítimos y Comunicaciones y las unidades pertinentes de la Dirección General de Carreteras,"
ARTÍCULO 8 - El artículo 7 del mismo Reglamento ha sido modificado de la siguiente manera con el título.
“Procedimientos y principios con respecto a la recepción de las actas y los procedimientos a realizar por las unidades.
ARTÍCULO 7- (1) De acuerdo con el Artículo 6 de este Reglamento; Suficientes trámites administrativos de trámites de decisión de trámites e informe de transferencia de jefe local se entregan al personal autorizado a medida que son utilizados por las oficinas de impuestos.
(2) 6 será autorizado por los oficiales especificados en el Artículo;
a) Acta de decisión de multas administrativas de tráfico, Registro de actas de decisión de multas de tránsito y Libro de malversación (Anexo-10),
b) Comprobante de despachos al Supervisor para los delitos menores que caen bajo la autoridad de los supervisores locales, al Libro de Registro y Desvalorización del Supervisor del Supervisor (Anexo-11),
c) Los minutos de tráfico / barrera de vehículos que se emitirán para los vehículos prohibidos o que se mantengan en el tráfico, Registro de registro de tráfico / tránsito de vehículos / barrera (Anexo-13),
ç) Los minutos de revocación de la licencia de conducir temporal emitidos por las licencias de conducir revocadas temporalmente, registro de revocación de la licencia de conducir temporal y libro de malversación (Anexo-14),
mediante grabación, el personal relevante recibe una malversación de fondos para su uso ".
ARTÍCULO 9: el artículo 8 del mismo Reglamento ha sido modificado como sigue con el título.
"Procedimientos y principios relativos a la preparación y entrega de las actas
ARTÍCULO 8 - (1) Todas las copias de las actas se llenan completa y completamente con un bolígrafo fijo de tinta o bolígrafo de manera legible. Las actas son firmadas por el emisor / emisor y el infractor. Para aquellos que se abstienen de firmar las actas, se hace un registro "no firmado".
a) El Registro de Decisión de Multas Administrativas de Tráfico (Anexo-1) se emite en tres copias. La primera copia se entrega a la persona que viola la regla, la segunda copia se entrega a la unidad correspondiente de la institución a la que está asignado el funcionario. La información sobre los antecedentes penales se transfiere al entorno electrónico y estos datos se comparten con las unidades pertinentes del Ministerio de Finanzas en el entorno electrónico. La parte inferior se entrega al personal autorizado de la institución afiliada que se entregará a la oficina de impuestos donde se entregarán las actas después del final.
b) El informe a la autoridad local (Anexo-4) se emite en tres copias. Se entregan dos copias de las actas a la institución a la que se adjunta el funcionario. El acta será registrada por la unidad correspondiente en la Autoridad en el libro de referencia de la autoridad local (Anexo-12) y la primera copia se enviará a la autoridad local correspondiente dentro de los siete días hábiles para su aprobación con la decisión de la sanción administrativa que se emitirá, y la segunda copia de las actas se guardará en la institución. La parte inferior se entrega al personal autorizado de la institución afiliada que se entregará a la oficina de impuestos donde se entregarán las actas después del final.
(2) Si el Informe de Decisión de Multas Administrativas de Tráfico se produce y emite electrónicamente por medio de dispositivos portátiles o de mano (Anexo-3) y se notifica al infractor en el lugar donde ocurre la violación;
a) El informe está firmado por el emisor / emisores y el infractor de la regla. Para aquellos que se abstienen de firmar las actas, se hace un registro "no firmado".
b) Las actas se expedirán en dos ejemplares. Se enviará una copia del acta a la persona que viole la regla, y la segunda se entregará a la unidad correspondiente de la institución afiliada y se conservará en la institución. Después de la finalización de la penalización, la información relativa a las actas de penalización se enviará al Ministerio de Finanzas en un medio electrónico para su recolección y seguimiento.
(3) En caso de producción del Registro de Propulsión Amira en medios electrónicos (Anexo-5) con dispositivos fijos / de mesa;
a) Las actas se emitirán en dos copias y todas las copias deberán estar firmadas por los organizadores.
b) Se enviará una copia de las actas a la autoridad local para su aprobación con la decisión de sanción administrativa que se emitirá, y la otra copia se conservará en la institución.
(4) Si se violan varias reglas de tráfico juntas, los artículos de ley que cumplen con el verbo para cada violación se escriben por separado en el acta. En los casos en que se detectan más de tres violaciones al mismo tiempo, se emite un nuevo informe para los artículos relevantes ".
ARTÍCULO 10 - El artículo 9 del mismo Reglamento ha sido modificado de la siguiente manera con su título.
"Organizar los minutos de los vehículos a la placa de matrícula o al remitente de la carga
ARTÍCULO 9 - (1) El personal autorizado aplica los procedimientos penales a los propietarios de conformidad con la Ley de Tránsito, en las placas de registro de los vehículos en las violaciones de las reglas establecidas en los artículos relacionados de la Ley de Tránsito de Carreteras, en base a los registros de la computadora en la base de datos del vehículo o la información en el archivo de registro del vehículo.
(2) De conformidad con los artículos pertinentes de la Ley de Tránsito de Carreteras, además del conductor del vehículo y el remitente del propietario / operador / flete del vehículo, en los casos en que se prevea una multa administrativa del tráfico, el tráfico del propietario / operador / remitente del vehículo al propietario / operador / remitente del vehículo se basa en la placa de matrícula. Se dicta la multa administrativa.
(3) Las actas se emitirán en tres copias para ser notificadas a la persona interesada, una copia se guardará en la unidad correspondiente y el talón inferior se entregará a la oficina de impuestos donde se entregaron las actas. Si el registro se produce en un medio electrónico (Anexo-2) con dispositivos fijos / de mesa o dispositivos portátiles, una copia se dispone en dos copias para notificar a la persona interesada y una copia se almacena en la unidad. La información sobre los antecedentes penales se transfiere al entorno electrónico y se comparte con las unidades pertinentes del Ministerio de Finanzas en el entorno electrónico.
(4) Las actas emitidas de esta manera son firmadas por los emisores / organizadores y entregadas a la unidad correspondiente de la institución a la que están afiliados los funcionarios.
ARTÍCULO 11 - El artículo 10 del mismo Reglamento ha sido modificado de la siguiente manera con su título.
"Procedimientos de notificación de las actas
ARTÍCULO 10 - (1) La notificación de las actas de decisión de multas administrativas de tránsito se realiza dentro del período de investigación de conformidad con el artículo 30 de la Ley de delitos menores de fecha 3/2005/5326 y número 20.
(2) La información de la dirección del propietario del vehículo en la fecha de la violación de la regla para el acta de decisión de multa administrativa de tráfico es del Sistema de registro de direcciones de la Dirección General de Población y Asuntos de Ciudadanía, si no puede obtenerse de los registros de la computadora de registro, y si esto no es posible, el vehículo deberá registrarse por escrito o electrónicamente. Se completan las secciones relevantes del aviso de notificación.
(3) Para las decisiones de sanción administrativa emitidas por las autoridades locales, las partes relevantes de la notificación se llenarán de acuerdo con la dirección de la persona pertinente tomada del Sistema de Intercambio de Identidades de la Dirección General de Población y Asuntos de Ciudadanía en un entorno electrónico y, si esto no es posible, de acuerdo con la dirección de la declaración en el informe de referencia de la autoridad local.
(4) Las actas de decisión de multas administrativas de tránsito emitidas en la placa de registro de los vehículos se escriben al propietario del vehículo, si el propietario es más de uno, el propietario en la primera fila del registro de registro, y la decisión de sanción administrativa tomada por los jefes locales a la persona pertinente, por correo o en el Boletín Oficial con fecha 19/1/2013 y numerado 28533. De conformidad con las disposiciones del Reglamento sobre notificaciones electrónicas publicado en.
(5) Una copia de las actas que se comunicarán por correo se colocará en el sobre de notificación de notificación (Anexo-6) y se enviará a la persona relacionada para su notificación.
(6) La información sobre las actas notificadas se envía a la Administración de Ingresos del Ministerio de Finanzas por vía electrónica dentro de los siete días hábiles para el seguimiento y el cobro de la multa.
ARTÍCULO 12 - El título del artículo 12 del mismo Reglamento y los párrafos (a) y (b) del primer párrafo se han cambiado de la siguiente manera.
"Procedimientos y principios con respecto a la preparación de actas y libros que se utilizarán para vehículos prohibidos / protegidos del tráfico"
"A) Para los vehículos que están prohibidos o protegidos del tráfico, se le dará una copia del vehículo al conductor que violó la regla, una copia se guarda en el archivo que se creará en la unidad, y una copia se guarda en el ariete inferior como" Tres minutos de exclusión del vehículo "( Anexo 7) está regulado.
b) La información sobre el vehículo prohibido del tráfico se registra en el "Libro de registro del vehículo prohibido del tráfico (Anexo-15)", y la información sobre el vehículo bajo protección se registra en el "Libro de registro del vehículo tomado bajo protección (Anexo-15 / A)".
ARTÍCULO 13: se ha derogado el primer párrafo del artículo 14 del mismo Reglamento, y los párrafos segundo y cuarto se han modificado como sigue.
"(2) Las multas administrativas escritas en el Minuto de Decisión de Multas Administrativas de Tráfico se pueden pagar a las unidades contables, las oficinas de impuestos y la Administración de Ingresos del Ministerio de Finanzas y el banco y PTT autorizados por el Ministerio de Finanzas".
"(4) Si las multas administrativas de tráfico se pagan dentro de los quince días a partir de la fecha de notificación; Hay un cuarto de descuento. En caso de que la situación económica de la persona que recibe la multa no esté disponible y se aplique a la oficina de impuestos correspondiente dentro de 1 (un) mes, la oficina de impuestos puede decidir pagar la primera cuota en efectivo, las tres restantes en un año y en cuatro cuotas iguales. Si las cuotas no se pagan a tiempo y en su totalidad, se cobrará el resto de la multa administrativa ".
ARTÍCULO 14 - El primer párrafo de 15 del mismo Reglamento se modifica como sigue.
"(1) Las multas deben pagarse dentro de un mes a partir de la fecha de notificación de las actas. Para las multas que no se pagan dentro de un mes, se aplica un interés del 5% cada mes. Al calcular el interés mensual, las fracciones del mes se tienen en cuenta como meses completos. La cantidad que se encuentra de esta manera no puede exceder el doble de la penalización ".
ARTÍCULO 15 - El artículo 17 del mismo Reglamento ha sido modificado de la siguiente manera con el título.
"Cuadernos para ser utilizados en la entrega y seguimiento de los minutos
ARTÍCULO 17 - (1) Los libros que se utilizarán en la entrega y el seguimiento de las actas son los siguientes;
a) Registro de decisiones de multas administrativas de tráfico y Libro de malversación (Anexo-10),
b) Registro y malversación del despachador (anexo-11),
c) Libro a la autoridad local (Anexo-12),
ç) Registro de malversación y registro de tráfico / protección de vehículos (Anexo-13),
d) Registro de revocación de la licencia de conducir temporal y libro de malversación (Anexo-14),
e) Libro de Vehículos Prohibidos para Tráfico (Anexo-15),
f) Libro de registro del vehículo registrado (Anexo-15 / A),
g) Registro de permiso de conducir temporalmente revocado (Apéndice-16).
(Anexo 2), (Anexo 10), (Anexo 11), (Anexo 12), (Anexo 13), (Anexo 14), (Anexo 15 / A) y (Anexo 15), los funcionarios autorizados son suprimidos por las instituciones a las que están afiliados y distribuidos a las unidades pertinentes.
(3) Cuando se envían las actas, se registran en el registro correspondiente y el libro de malversación de fondos y se firman por los oficiales de entrega y recepción ".
ARTÍCULO 16 - El artículo 18 del mismo Reglamento se ha modificado como sigue.
"ARTÍCULO 18 - (1) Las Minutas de Decisión de Multas Administrativas de Tráfico y las Minutas de Disposición Subordinada del Supervisor se entregan a la unidad correspondiente de la institución donde el personal autorizado recibe las minutas. Las copias restantes de estos minutos en las organizaciones de tráfico se archivan durante cinco años a partir de la fecha de notificación y se destruyen debidamente al final del período.
(2) Las copias del Vehículo del Tráfico / Recinto y el Registro de Recuperación de la Licencia de Conducir se guardan en el archivo y los talones inferiores de las actas se archivan por un período de cinco años a partir de la fecha de entrega de la licencia del vehículo / conductor y se destruirán debidamente.
ARTÍCULO 17 - En el anexo del mismo Reglamento; Anexo-1, Anexo-2, Anexo-3, Anexo-4, Anexo-5, Anexo-7, Anexo-8, Anexo-11, Anexo-12, Anexo-13, Anexo-14, Anexo-15 y Anexo- 16 se ha modificado como se adjunta al presente Reglamento y se ha añadido el Anexo 15 / A adjunto al presente Reglamento y se ha eliminado el Anexo 15 después del Anexo 9 del mismo Reglamento.
ARTÍCULO 18 - El siguiente artículo temporal se ha agregado al mismo Reglamento.
"Guardar los recibos
ARTÍCULO PROVISIONAL 3 - (1) Las multas de tráfico que se emitieron antes de la publicación de la Ley de Modificación de Ciertas Leyes y Decretos Leyes No. 12 con fecha 7/2013/6495 se mantienen archivadas durante cinco años a partir de la fecha de su emisión. Al final de su período, está debidamente destruido.
ARTÍCULO 19 - El artículo 21 del mismo Reglamento se ha modificado como sigue.
"ARTÍCULO 21 - (1) Las disposiciones de este Reglamento son ejecutadas por los Ministros de Asuntos Internos, Finanzas, Medio Ambiente y Urbanismo, así como Transporte, Asuntos Marítimos y Comunicaciones".
ARTÍCULO 20 - El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación.
ARTÍCULO 21 - Las disposiciones de este Reglamento son ejecutadas conjuntamente por los Ministros de Asuntos Internos, Finanzas, Medio Ambiente y Urbanismo y Transporte, Asuntos Marítimos y Comunicaciones.

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